Tardan tres años en decirle que tenía sida, conceden indemnización

Una mujer contagió el VIH a su bebé al tardar Sanidad tres años en decirle que tenía sida
El Tribunal Supremo concede a la madre del pequeño 120.000 euros de indemnización

Correo Digital - A. Checa - 18 de marzo - nota completa

Una mujer y su hijo han quedado marcados de por vida por la desidia de la Sanidad valenciana. Durante tres años, entre septiembre de 1994 y el mismo mes de 1997, la madre no fue informada de que tenía sida, y así, nada pudo hacer por impedir que a través de su sangre y de la lactancia materna transmitiera el virus VIH a su pequeño.
La Conselleria de Sanidad ya pagó en parte su culpa tras una primera sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Pero lo hizo con la «irrisoria cantidad», como es calificada ahora por el Supremo, de 20.000 euros por los perjuicios sufridos por el pequeño. Este tribunal hace más llevadero el sufrimiento causado a madre e hijo al incrementar hasta 120.000 la indemnización a recibir por la demandante.

La cifra, no obstante, sigue quedándose muy alejada de los 420.000 euros que reclamaba. Y es que la Justicia reconoce los daños causados al bebé durante el embarazo y lactancia, pero no así los perjuicios sufridos por la propia madre. Según el Supremo, la afectada no ha aportado «prueba alguna para acreditar la singularidad de los daños que le ha producido el retraso en el tratamiento médico».

Desidia continuada
La sentencia indica que la paciente fue informada por los servicios médicos de la Generalitat Valenciana de su condición de seropositiva en 1997. Ello, a pesar de que los facultativos tenían conocimiento de la dolencia desde septiembre de 1994, fecha en la que se sometió a las pruebas denominadas Screening Elisa y Confirm Blot.
Junto al retraso en la comunicación de la existencia de la enfermedad, los médicos valencianos se quedaron cruzados de brazos. «No se adoptó medida alguna de tratamiento para reducir las posibilidades del riesgo de transmisión al feto y paliar sus efectos», señala la sentencia.

Los lamentos de la afectada se dirigen a la cierta facilidad con la que podría haberse evitado el contagio del virus al recién nacido. La adopción de una serie de medidas de precaución que no se tomaron durante el embarazo o el periodo de lactancia, como subraya la sentencia, lo habrían evitado.

En su demanda, la madre atribuía el contagio del sida a transfusiones sanguíneas y de concentrados plaquetarios dentro de un tratamiento derivado de una patología secundaria a la hepatitis C. Pero tanto el Tribunal Superior valenciano como el Supremo coinciden en que no hay pruebas para relacionar la infección y la actuación de Sanidad.
Los 120.000 euros «en modo alguno pueden reparar o compensar el daño causado», reconoce el propio máximo tribunal español. Al menos, como subraya en el tal vez único pasaje optimista de la resolución judicial, el afectado, ahora adolescente, no padece síntomas de sida.

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