Según tribunal español la infección en transfusiones es un riesgo que asume el paciente…

El TSJ de Murcia ha absuelto a la Administración en un caso de contagio del virus de la hepatitis C por transfusión al demostrarse que aplicó todos los controles que existían en ese momento para detectar el virus. El tribunal deja claro que es el paciente el que asume el riesgo.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha absuelto a la Administración autonómica de indemnizar a un paciente al que se le detectó el virus de la hepatitis C después de someterse a varias transfusiones de sangre durante una intervención de trasplante de médula ósea.

El tribunal considera que la Administración no es responsable, pues empleó todos los medios a su disposición, "según el estado de la ciencia y de la técnica en el momento en que ocurrieron los hechos", para detectar la presencia del virus en las transfusiones que recibió el paciente. El demandante, que padece un mieloma múltiple, asistía a tratamientos de quimioterapia en un hospital de Murcia, sin que se le detectara ninguna infección. Una vez finalizada la quimioterapia, volvió a ingresar para ser sometido a un trasplante de médula ósea, en el que recibió varias transfusiones de sangre. A los pocos meses, el paciente volvió al hospital por complicaciones de la operación y se le diagnosticó una infección por el virus de la hepatitis C.

    * Es posible que el virus se encontrara en alguno de los donantes en periodo ventana, imposible de detectar con las técnicas de ese momento

Ante el tribunal se presentaron los informes médico que avalan que el demandante no padecía la infección antes de entrar al quirófano, con lo que la acusación argumenta que el paciente fue contagiado por la sangre que recibió.

Para resolver si hubo una causa directa entre las transfusiones y la infección del paciente, el letrado de la Administración presentó informes médicos de los donantes y pruebas de que todos habían vuelto a donar con resultados negativos al virus, a excepción de cinco, de los que dos eran familiares del recurrente y los tres restantes dieron negativo en la prueba que se les practicó antes de la donación. Sin embargo, en este punto el tribunal reconoce un cabo suelto, pues uno de los donantes presentó anticuerpos del VHC y, por tanto, cabría la posibilidad de que el virus pudiera encontrarse en el llamado periodo ventana, imposible de detectar por las técnicas que existían en ese momento.

Jurisprudencia
La sentencia recuerda que "la Administración no está obligada a responder del daño cuando ha empleado los medios de control a su alcance sobre las donaciones y productos, y el contagio se ha producido al no existir métodos o técnicas que permitan apreciar la presencia del virus en las donaciones". En este caso, la jurisprudencia a la que alude el tribunal deja claro que le corresponde al paciente asumir el riesgo de la transfusión.

Existen numerosas sentencias referidas al contagio de hepatitis C en las que se pone de manifiesto que la Administración empleó todos los medios que tenía a su disposición y eran obligatorias para detectar la presencia de este virus, teniendo en cuenta que en la detección de esta infección se han producido muchos avances en los últimos años. Pero deja claro que no hay responsabilidad administrativa si no se ha actuado en contra de la lex artis, como es en este caso.

Finalmente, la parte demandada despeja cualquier duda sobre la necesidad de la intervención, y por tanto las transfusiones, y apunta que al paciente "le era absolutamente imprescindible para preservar la vida".
El Supremo falla a favor de las clínicas

En los juicios de contagio de pacientes por el virus de la hepatitis C lo más común en la jurisprudencia es que se absuelva a la clínica.

Soledad Valle - Diario Médico - 14 de Octubre de 2009 - leer nota completa

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