Reglamentan ley sobre derechos de pacientes en Panamá

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panama-pacientes-leyPanamá - En el país se han dado casos de pacientes que han muerto por un mal tratamiento o porque no han sido informados sobre las consecuencias.
Después de nueve años de vigencia, el Ejecutivo reglamentó la Ley 68 de 20 de noviembre de 2003, que regula los derechos y obligaciones de los pacientes en materia de información sobre su condición de salud.

La referida norma fue reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo No. 1458 de 6 de noviembre de 2012, que apareció publicado en la Gaceta Oficial No. 27160-A del pasado viernes 9 de noviembre de 2012.

La aplicación de la norma es competencia de los trabajadores del sector salud, pero primordialmente debe conocer su contenido la ciudadanía que recibe atención médica.

Entre los puntos más relevantes señala que los centros y servicios de salud, públicos y privados, deben tener en un lugar visible la información de los servicios que prestan, el personal que los brinda y los horarios de atención.

Asimismo, estos establecimientos de salud están obligados a ofrecer al paciente información sobre su estado de salud o enfermedad y copia del expediente clínico cuando este o su representante lo soliciten.

Deben contar con un formato de consentimiento que permita previamente la autorización del paciente a ser sometido a tratamientos especiales, pruebas riesgosas o intervenciones que lo puedan afectar psíquica y físicamente.

Las personas también tienen derecho a dejar constancia de sus deseos e instrucciones por escrito sobre el tratamiento o cuidado que el médico debe respetar cuando se encuentre en una situación que no le permita expresar su voluntad.

Este apartado, tal vez uno de los más controvertidos, se menciona en los capítulos IV y V de la Ley 68, los cuales prohíben la eutanasia en Panamá, que es la acción de provocar la muerte anticipada de una persona desahuciada.

El doctor Julio Santamaría, ex viceministro de Salud, recordó que la dignidad de toda persona es el fundamento de sus derechos y deberes y por ello el paciente tiene derecho a estar informado de su enfermedad, tratamiento y pronóstico.

Dijo que el hecho de que no haya existido hasta el momento una reglamentación no significa que no sea ley.

En este sentido, Santamaría precisó que debe ser un compromiso de todos los sectores divulgarla para que la ciudadanía conozca cuáles son sus derechos en materia de atención médica.

"Una vez reglamentada [la ley] se va a permitir una mayor divulgación, la toma de conciencia de toda la ciudadanía, incluyendo a los profesionales de la salud y las autoridades, los enfermos y su familia", sostuvo Santamaría.

También debe mejorar la relación médico sanitaria con el enfermo y su familia.

Pedro Acosta, presidente de la Unión de Consumidores y Usuarios de la República de Panamá, también vio como positiva la reglamentación de la referida norma e igualmente coincidió con Santamaría en que falta mayor divulgación de la legislación.

"Los pacientes como tales –consumidores– desconocen que estas leyes existen en Panamá y que tienen que ver con sus derechos... a que se nos digan nuestros diagnósticos, que se nos comuniquen todos los tratamientos, las enfermedades, cómo se maneja todo esa información", enfatizó.

Acosta precisó que la ley contribuirá a ejercer presión, sobre todo, en la medicina privada, que a su parecer se ha convertido en "un negocio" que cuando se cometen errores, lo primero que hacen los involucrados es evadir responsabilidades.

En Panamá se han reportado casos de mala práctica e irregularidades en el ejercicio de la medicina, sobre todo en la parte cosmética. Se han registrado casos de personas que han muerto por un mal tratamiento o porque no han sido debidamente informadas sobre los riesgos que conlleva determinada intervención médica o tratamiento.

Por Raúl A. Bernal - En La Prensa - Panamá - Nota completa

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