Reconocen a un policía una lesión en acto de servicio al contraer la hepatitis en un arresto

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha reconocido a un policía nacional la consideración de lesión en acto de servicio el contagio de hepatitis C por el contacto con la sangre de un detenido.

El agente F.J.G.R. pidió en febrero de 2006 que le fuera reconocida la hepatitis como lesión laboral, pero la petición le fue rechazada por la Dirección General de la Policía en octubre del mismo año, al considerarla una enfermedad común.

No obstante, el agente recurrió ante la Sección Cuarta de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJC. El agente alegaba que la enfermedad sólo se contagia por contacto sanguíneo y no por contacto sexual, vía respiratoria o por saliva, que ningún miembro de su familia tenía la enfermedad, y que en los últimos diez años no había sido sometido a ninguna intervención quirúrgica o transfusión de sangre.

Además, recordaba que en junio de 2001, en Granollers (Barcelona), mientras estaba fuera de servicio fue reclamado por unos compañeros para detener a dos delincuentes, que opusieron fuerte resistencia y provocó que el agente terminara con la espalda y el pecho manchados de sangre de uno de los arrestados. El policía no sufrió ninguna herida, por lo que no acudió al hospital, pero después supo que el detenido sufría la hepatitis C.

Tiempo después, en diciembre de 2004, en otro altercado con un detenido en los calabozos de la Jefatura Superior de Policía de Catalunya el policía terminó con las manos manchadas de sangre.

Por todo ello, el TSJC estima el recurso del policía, anula la resolución denegatoria del Ministerio del Interior y reconoce que "las lesiones y secuelas sufridas por el demandante son consecuencia directa del servicio prestado a la Administración".

Que - 28 mayo 2009 - Leer la nota completa

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