Reclaman 7,3 millones de pesos a la Provincia de Entre Rios por contagio de sida

Resarcimiento. Es un caso sin precedentes en Entre Ríos

El monto contempla los daños por la transfusión "errónea" de sangre y por la desatención posterior.
Argentina - Los abogados que representan a la joven mujer que estando embarazada de ocho meses sufrió el contagio del sida a raíz de una transfusión de sangre infectada con HIV realizada en el hospital San Roque de Paraná, demandaron por daños y perjuicios al gobierno provincial por 7,3 millones de pesos.
La presentación describe con detalles no sólo la dramática situación que atravesó la mujer al momento de enterarse de lo ocurrido, sino también "errores" y omisiones posteriores que agravaron lo ocurrido.

Breve historia
Debido a un cuadro anémico, la víctima fue sometida en octubre de 2006 a una transfusión de sangre en el San Roque. Posteriormente dio a luz a una niña y retomó su vida normalmente, junto a otros dos hijos de 8 y 2 años y a su esposo, ignorando lo ocurrido.

Recién en abril de 2007 una vecina suya, que había concurrido al área de Infectología del hospital San Martín para tratarse por toxoplasmosis, le dijo que se pusiera en contacto con los médicos de ese lugar. Esa vecina, como otros pacientes, había escuchado una discusión a gritos entre los médicos reprochándose lo ocurrido, en la cual se mencionaba el nombre completo de la joven mujer.

Así de casual fue la primera información, y muchas de las siguientes, ya que el peregrinar de esta familia no halló en las semanas subsiguientes respuesta oficial alguna, pero sí numerosos rumores del caso de "contagio por error".
Al cabo de un tiempo, la familia de la víctima recaló en el Juzgado de Instrucción Nº 8 de Paraná, donde se enteró de la denuncia que había formulado el entonces titular del programa Sangre Segura, Carlos Zanaschi, sobre el "error" cometido.

Recién entonces, cinco meses después de la transfusión, se le informó que debía realizarle análisis a sus hijos y esposo, ya que existía también riesgo de contagio. Incluso el niño del medio, que al nacer su hermanito tenía 2 años, había vuelto a ser amamantado, lo que aumentaba aún más el riesgo.

Como si lo ocurrido fuera poco, la familia de la joven fue informada en el hospital San Martín de que debían realizarse estudios complementarios y que para realizarlos había que enviar las muestras a un laboratorio de Rosario.
A un año del contagio, la familia logró enterarse, a fuerza de preguntar ya que nadie les informó oficialmente, que en realidad las muestras habían sido remitidas de forma incorrecta y por eso los resultados eran parciales.
Los abogados de la mujer (Miguel Cullen, Gastón Duarte y Miguel Retamoso) señalan en el escrito que a esa altura era la propia jueza Elisa Zilli quien debía solicitar a las autoridades provinciales de Salud que realicen los análisis correspondientes. Esa situación motivó una nueva denuncia.

Cuando se extrajeron las primeras muestras, también se enviaron al hospital Cullen de Santa Fe. Cuando la familia se enteró fue a buscar los resultados, y en el nosocomio santafesino se enteraron de que ya habían sido enviados a Paraná, pero nadie les había avisado.
Luego de corroborar la situación del contagio de la mujer –ya que las autoridades de Salud nunca le informaron correctamente lo ocurrido– y transcurrido un año, la víctima intentó lograr ayuda oficial dado los escasos medios con que cuenta para hacer frente al costoso tratamiento que demanda la enfermedad contraída por el "error" de los médicos del San Roque.
Allí comenzó otro peregrinar, que de acuerdo a los abogados se agravó con el cambio de autoridades de diciembre de 2007, cuando cesó la ayuda oficial (Ver aparte).
Si bien no existe "uniformidad doctrinaria y jurisprudencial" acerca de lo ocurrido, coinciden los letrados, luego de un extenso análisis de antecedentes, en que el Estado se encontraba obligado –por normas por él mismo dictadas– a impedir que casos como el que ocurrió sucedan en el ámbito provincial.
Queda claro, de ese análisis, que sea cual fuere la teoría que se adopte, la responsabilidad por los daños causados queda patentizada en todas ellas.

El reclamo
Al valorar la incapacidad sobreviniente –lo que incluye secuelas físicas y psíquicas, estigma social, imposibilidad de acceder a nuevos empleos– se estima provisoriamente en 700.000 pesos el monto del reclamo.
Respecto del daño moral, que comprende padecimientos angustias y zozobras a raíz del "accidente", se estima un monto de 2 millones de pesos.
Respecto del daño psíquico, que si bien al igual que el moral ocurre en la psiquis, se señala que el primero acontece prevalecientemente en el sentimiento, mientras que el segundo afecta con preponderancia al razonamiento. En este sentido, se indican las consecuencias en su personalidad de lo ocurrido y también de la demora en recibir la atención adecuada. Se calcula el resarcimiento en 400.000 pesos.
Por los gastos futuros que demandará el tratamiento, calculado sobre 20 años, se reclama 1,2 millones de pesos. Obviamente este apartado cuenta con un análisis de costos médicos.
Por último, se reclama un monto en razón de la interrupción del proyecto de vida de esta joven madre, que al momento de lo ocurrido tenía 28 años.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido en varios casos la existencia de una manifestación objetiva de la libertad como es el "proyecto de vida", como así también la posibilidad de su violación mediante una acción dañosa, según se indica en la demanda.

En el proyecto de vida está en juego "el destino mismo del ser humano" y el mayor daño que se puede causar en ese sentido es la cancelación o menoscabo del mismo, lo que implica "una reducción objetiva de la libertad". Truncar el proyecto de vida es, lisa y llanamente, hacerle perder a alguien el sentido de su vida. Por este daño se reclaman 3 millones de pesos.

Reprochan la casi nula atención de parte del Estado
Luego de referirse a la escasa ayuda recibida por la mujer, sostienen los abogados Cullen, Duarte y Retamoso que las autoridades provinciales "estuvieron preocupadas por deslindar sus propias responsabilidades dejando de lado el contenido humano que esta cuestión merecía".

Si bien destacan que "en la gestión anterior de las autoridades de Salud provincial se obtuvieron respuestas concretas a algunas solicitudes", señalan que hoy "se debe literalmente mendigar por los pasillos la respuesta al daño causado (...)". Esta es una de las razones que justifican la medida cautelar innovativa solicitada.
Luego de destacar la predisposición demostrada por el ex ministro de Salud y Acción Social, Gustavo Bordet, reprochan duramente la conducta de su sucesor.
Igualmente califican ante la Justicia como "inexactas, falaces y malintencionadas" las declaraciones periodísticas del ministro Ángel Giano sobre el caso, sosteniendo que resulta "poco menos que agraviante" que se refiera al hecho como el de "la chica que padece un error", entre varias afirmaciones que son severamente cuestionadas.

Cautelar
En atención a la grave situación de la víctima y a la urgencia de contar con cobertura de salud, se pidió también a la Justicia el dictado de una medida cautelar que tienda a asegurar que la demora en la resolución de la demanda no sea causa de un mayor agravamiento de la enfermedad.
Básicamente lo que se solicita en esta medida, ampliamente fundada, es el pago del tratamiento necesario para la joven víctima.

UNO - Carlos Matteoda - Leer la nota completa

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