Por segunda vez en Argentina un proyecto de ley busca que se legislen derechos para las personas con hepatitis virales.
La reforma a la ley N° 23.798 de VIH , ley que fuera sancionada en el año 1990, busca la inclusión de derechos que en ese momento no fueron contemplados y fundamentalmente incluye derechos para las personas con hepatitis virales y enfermedades de trasmisión sexual que hasta el momento no están amparadas por ninguna legislación.
La primera vez que se presentó un proyecto de ley para hepatitis virales fue realizado por Fundación HCV Sin Fronteras en el año 2009.ver proyecto.
El actual proyecto de ley manifiesta entre los fundamentos expresados por los firmantes ….” las modificaciones más importantes que introduce esta reforma es la incorporación de las hepatitis virales y las enfermedades de transmisión sexual a todo el texto de la norma, declarando de interés nacional los tratamientos para combatirlas, "
El proyecto de ley ya tiene dictamen favorable de las Comisiones de salud, Legislación General y Presupuesto, espera fecha para ser tratada en el recinto. La importancia y necesidad de tratamiento urgente de este proyecto ley en la Cámara de diputados para las personas con hepatitis virales reside en los derechos fundamentales que este proyecto contempla
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-Garantía de la asistencia sanitaria y la cobertura médica asistencial, pública, de obras sociales y prepagas
-Que en ningún ámbito se obligue a las personas a informar o declarar su estado serológico
-Se respete la disponibilidad de insumos como reactivos y la distribución de tratamientos en tiempo y forma
-Se de tratamiento integral a las personas con necesidades especiales, diversidad funcional, discapacidad funcional y/o tratamiento prolongado
-Acceso a los test diagnósticos sin restricciones de acuerdo a la indicación médica
-Se garanticen los controles en embarazo, parto y lactancia a fin de evitar la trasmisión vertical
-Se garantice apoyo legal gratuito para las personas que hayan sido discriminadas, vulneradas o criminalizadas por la sola condición de la infección
-Se brinde el diagnóstico pre y post test con consejería por un equipo donde se incluyan personas con hepatitis
-Toda prueba debe ser voluntaria, gratuita, confidencial y universal ( para toda persona que lo solicite)
-Se prohíba en todos los casos la realización de la prueba diagnóstica de VIH, Hepatitis virales y ETS en los exámenes pre-ocupacionales
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Si bien hay derechos que necesitamos las personas con hepatitis virales que no están contemplados en esta ley, porque no es específica sobre hepatitis ; si, defiende algunos derechos esenciales y urgentes para que las personas puedan llegar a un diagnóstico temprano de su enfermedad, tengan acceso adecuado a la atención médica y tratamientos, se evite la discriminación y estigmatización y se promueva con énfasis campañas de información y prevención públicas entre otros.
Hepatitis 2000 se une a la Sociedad civil que promueve y apoya este proyecto y también estamos de acuerdo con las aclaraciones expresadas por Fundación HCV Sin Fronteras que necesita este proyecto en los siguientes artículos:
Artc 4 . Debe quedar claro la inclusión en la Comisión interministerial de las Sociedad civil integradas con personas afectadas por hepatitis virales
Artc 12 la prohibición de la necesidad de una orden médica para hacer el test diagnóstico debe alcanzar a la prueba de hepatitis ( no solo la de VIH)
Art 13 : La obligatoriedad del ofrecimiento del test en toda consulta médica debe alcanzar a la prueba de hepatitis ( no solo la de VIH)
Es necesaria la participación ciudadana para que este proyecto se trate y por primera vez las personas con hepatitis tengamos una ley que defienda nuestros derechos. La red de la sociedad civil de hepatitis en Argentina HepaRed Promueve y solicita a los legisladores provinciales se pronuncien para dar tratamiento urgente en la Cámara de Diputados al proyecto de reforma de la ley 23.798.
Edición : Hepatitis 2000
Fuente: Fundación HCV Sin Fronteras - ver nota completa