El derecho del paciente a solicitar una segunda opinión médica

Salud garantiza el derecho del paciente a solicitar una segunda opinión médica

La valoración se realizará dentro el sistema público y se emitirá en 45 días
La segunda opinión se emitirá también por escrito en el plazo de 45 días.

El consejero de Salud, José Ignacio Nieto, informó ayer sobre el proyecto de decreto que se publicará el próximo sábado y que determina los requisitos y condiciones para que los pacientes riojanos puedan solicitar y disponer de una segunda opinión médica.

El texto legal explicita que este derecho podrá ejercerse una sola vez en cada proceso asistencial. Se recoge, asimismo, que esta nueva valoración se emitirá «preferentemente» dentro del sistema público de La Rioja por profesionales de centros públicos o concertados.

La segunda opinión no se podrá reclamar en todos los casos, sino que se fijan una serie de supuestos. En cuanto al diagnóstico, los pacientes podrán acogerse en caso de enfermedad degenerativa sin tratamiento curativo del sistema nervioso central (excepto demencia senil), neoplásica maligna (si se trata de la piel, sólo se incluye el melanoma), inflamatoria intestinal, tumoración del sistema nervioso central y enfermedad rara. Sobre el tratamiento, la valoración alternativa se ciñe al tratamiento inmunodepresor o quirúrgico de enfermedad inflamatoria intestinal; propuesta de cirugía coronaria convencional en situación de riesgo, frente a revascularación transmiocárdica con láser, neoangiogénesis o trasplante; en cardiopatía congénita, con indicación de cierre o ampliación de defecto congénito por técnica de cardiología intervencionista, frente a cirugía convencional; propuesta de tratamiento quirúrgico en escoliosis de grado mayor; y enfermedad neoplásica maligna.

Elección del paciente

Nieto explicó que esta segunda opinión «deberá ser reclamada por escrito por el titular del derecho a obtenerla, y en la solicitud podrá designar el profesional o equipo del sistema público de salud riojano que se desee».

La nueva valoración se realizará sobre la base del historial médico del paciente y el correspondiente primer diagnóstico. El equipo que deba emitir esta segunda opinión podrá solicitar el envío de muestras y tejidos, así como determinar que el interesado se desplace para realizar alguna prueba adicional. El resultado se dará a conocer por escrito en 45 días. En caso de que el informe del diagnóstico o tratamiento difiera del propuesto inicialmente, será el paciente quien libremente decida qué opción tomar. Los gastos de desplazamiento originados al paciente por la aplicación del decreto le serán reintegrados según el régimen de ayudas previsto.

La Rioja, E. SAÉNZ, octubre de 2008, leer nota completa

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