Dos médicos imputados por la justicia por no notificar posible donante

La justicia imputó a dos profesionales médicos por no haber notificado un posible donante de órganos

El fiscal accionó contra dos profesionales de una clínica.
Es por no haber notificado un potencial donante de órganos.
El hecho sería inédito para la provincia de Córdoba.

SAN FRANCISCO - En un hecho que sería inédito para la provincia de Córdoba la Fiscalía de 2º turno de los Tribunales locales dispuso la imputación de dos médicos por la violación de los artículos 23 y 26 de la Ley Nacional Nº 24.193 que disponen la obligatoriedad de denunciar los casos de presunción de donante de órganos.

El hecho que se imputa a los profesionales ocurrió el 4 de octubre del 2004 cuando el joven Marcos Grangetto falleció luego de haber permanecido internado en coma irreversible durante 48 horas en una clínica privada de San Francisco. Pese a esta situación los médicos no notificaron al CADAIC sobre la presencia de un potencial donante de órganos.
Los imputados son el director del nosocomio José Alberto Francisco Pozzi y el jefe de la Terapia Intensiva, Mario Alberto Cafaro.
La investigación de la Fiscalía a cargo de Jerónimo López se inició de oficio al tomar conocimiento del accidente que produjo las graves heridas sufridas por Grangetto.
Según pudo saberse de fuentes tribunalicias los médicos prestaron declaración en la jornada del martes y posteriormente fue dictada la imputación, ya que se considera que los profesionales debieron informar al CADAIC la existencia de este presunto donante para efectuar el operativo de ablación correspondiente. Cabe recordar aquí que desde el 2004 no existe en San Francisco un delegado del CADAIC. El coordinardor hospitalario que cumplía esa función renunció tras haber tenido un inconveniente para efectuar una ablación en esa misma clínica.
El trágico accidente

En la madrugada del 2 de octubre del 2004 se produjo en la Ruta Provincial 1 un grave accidente que tuvo como resultado el fallecimiento en forma instantánea de tres jóvenes radicados en Freyre.
El hecho tuvo lugar a las 4.20 a unos 7 kilómetros de la localidad de Porteña cuando una pick-up Chevrolet S-10 que era conducida por Marcos Grangetto se salió de la carpeta asfáltica impactando contra la arboleda ubicada a la vera de la ruta. Los jóvenes estaban regresando a Freyre luego de haber pasado una noche de diversión en un boliche de la zona.
Grangetto tenía 21 años, era estudiante de Abogacía y en ese fin de semana decidió no salir con sus amistades habituales. Al momento del trágico episodio estaba acompañado por compañeros de estudios de su hermana menor.
A raíz del fuerte impacto Grangetto sufrió un traumatismo severo de cráneo, lo que motivó que fuera trasladado a un nosocomio de la ciudad de San Francisco.
Mientras tanto los demás ocupantes del rodado perdieron la vida en forma instantánea. Las víctimas fatales fueron Laura Varela, Gerardo Caffaratti y Vanesa Pignatta, todos de 18 años de edad.
Marcos Grangetto falleció a consecuencia de la gravedad de sus heridas en la madrugada del día 4 de octubre en una clínica privada de San Francisco.
Según ha podido establecerse los familiares del joven estaban regresando de un viaje cuando tomaron conocimiento de la infausta noticia y a raíz del estado emocional que los provocó en ningún momento expresaron la voluntad de donar sus órganos.

Antecedente

El 25 de junio de 2004 se produjo un incidente que derivó en el desmembramiento del equipo de profesionales que se había integrado en San Francisco para intervenir en la realización de operativos de ablación de órganos para trasplante.
Durante un procedimiento de ablación que se iba a practicar en la clínica involucrada en la investigación judicial se generó una discusión entre el coordinador hospitalario y las autoridades del nosocomio. En ese momento no se permitió la realización del operativo en las instalaciones del centro médico.
Este incidente motivó que el doctor Gustavo Díaz Cornejo, quien hasta ese momento se desempeñaba en el cargo de coordinador hospitalario presentara la renuncia ante la falta de apoyo para cumplir su función. El cargo que en aquel momento ejercía Díaz Cornejo dependía directamente del INCUCAI.
Extraoficialmente ha podido saberse que el INCUCAI habría nombrado un profesional para cubrir ese cargo, pero no habría sido puesto en funciones todavía.
De esta manera en la ciudad de San Francisco no existe una autoridad médica que recepte las denuncias desde las clínicas privadas de la disponibilidad de órganos y que se responsabilice de la realización de las ablaciones. Desde aquel momento se produjo un freno en la realización de este tipo de actos médicos destinados a proveer de órganos para que sean transplantados, siendo que en San Francisco se había creado una buena corriente de donación de órganos e incluso se ha concretado un transplante de córnea con donaciones en la propia ciudad.

Qué dice la Ley 24.193

La Ley Nº 24.193 que regula la donación de órganos fue sancionada el 19 de abril de 1993 y publicada en el Boletín Oficial el 26 de abril de 1993. Según la imputación efectuada por la Fiscalía de 2º turno de San Francisco se habría violado el procedimiento que disponen los artículos 23 y 26 de la citada norma.
El primero detalla con precisión cuáles son los signos que confirman médicamente el fallecimiento de una persona. En tanto el artículo 26 determina que todo médico que mediante comprobaciones idóneas tomare conocimiento de la verificación en un paciente de los signos descriptos en el artículo 23, está obligado a denunciar el hecho al director o persona a cargo del establecimiento, y ambos deberán notificarlo en forma inmediata a la autoridad de contralor jurisdiccional o nacional, siendo solidariamente responsables por la omisión de dicha notificación.

La Mañana de Córdoba

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